Vinculación deseada, compleja de hallar como realidad
Si bien cada vez más en la literatura relacionada con temas urbanos, resulta frecuente encontrar asociaciones entre términos como ciudad, espacio público y democracia; ciudad y derechos; democracia de y en la ciudad, y ciudad democrática y ciudadanía,[1] sucede lo contrario con el término de democracia urbana, todavía escaso como concepto en las referencias bibliográficas de los estudios urbanos, sociales y políticos.[2] Esto, debido a que generalmente la democracia se concibe en sentido estricto como dimensión política. No así en su dimensión urbana “socio-espacializada”. Entonces, el concepto democracia urbana debe pensarse como forma de gobierno que, basada en la democracia política y la existencia de una sociedad que procura ser democrática, se plantea como objetivo la consecución del derecho a la ciudad. Precisamente, de ahí el núcleo de su complejidad.
Pero, ¿cuál es la vinculación esencial entre ciudad, espacio público y democracia urbana? y, ¿qué nos revela?
Su eje de vinculación trata de lo público, de la asignación de cualidades a la ciudad en sus diferentes dimensiones y, con cada una de ellas, expectativas presentes y futuras relacionadas con un deber ser de lo urbano-político. Mientras que lo que se defina, entienda y gestione como público en la práctica o el es, determina el carácter de la ciudad y, con ello, la posibilidad de ampliación de la democracia en todas sus formas, si es que ésta se plantea como objetivo de acción y no como objeto de discurso, simulación o eslogan (algo común en estos tiempos).
Desde una perspectiva multidimensional y transdisciplinaria, lo público es político y es urbano; transita de la filosofía y la ciencia política hacia los estudios urbanos y sociológicos, para desde allí, hacer sentido en la ciudad y la democracia urbana. En un clásico de la filosofía política griega, como la obra la Política de Aristóteles (redactada entre el año 333 y 323 a.C.) se explica la existencia de la polis o ciudad-estado por la preocupación de vivir bien y por la búsqueda de bienestar común como ideal político. Apuntando a ser la más perfecta y autárquica de las comunidades. Un espacio posibilitador para la práctica de las virtudes/arethé y del alcance de felicidad/eudaimonía. Visión que ha inspirado por siglos reflexiones posteriores sobre la ciudad.
Para la ciencia política moderna el espacio público se entiende como esfera pública: producto social modelado por actores de diferente naturaleza que viven la ciudad como espacio político, es decir, como un espacio de interlocución entre los ciudadanos y el Estado para tratar asuntos de interés general. El origen de este espacio público corresponde al surgimiento de la modernidad y con ella al nacimiento de la sociedad burguesa democrática-liberal en oposición al Estado absolutista.[3] Actualmente, esa esfera pública son espacios -tanto físicos como virtuales- de interacción, deliberación y participación de múltiples actores sociales que, desde su posición, tratan de incidir sobre lo público.
En aportaciones más contemporáneas de la ciencia política se proponen diferentes sentidos de lo público que, otorgan en cada caso, un carácter determinado al espacio público contribuyendo al análisis de lo político y lo urbano, hallando lo público como: general, visible y abierto.[4] En su dimensión política, lo público alude a aquello que es de interés o utilidad general a todos, diferenciando entre bien público y bien privado. En su dimensión física, lo público se entiende como lo abierto y accesible, siendo opuesto a lo cerrado, privado o excluyente. Como bien público, no es objeto de apropiación privada y está distribuido entre todos.

De esta manera, el rol que tiene el gobierno desde su acción pública institucional para producir ciudad y espacios públicos especializados -parques, plazas y equipamientos sociales, por ejemplo- en tanto posee la atribución jurídica del dominio sobre el suelo y administra el presupuesto, resulta clave para orientar el desarrollo de la misma como espacio público, perteneciente a y creado con los ciudadanos.[5]
Relacionado con esta pretensión, la Escuela francesa de sociología urbana desde la década de los setenta, basada en el marxismo, advertía sobre el componente ideológico y por tanto nada neutral del espacio; asumiéndolo como un instrumento de poder que se construye intencionalmente por una clase dominante, el Estado o un grupo social específico, adjudicándose éstos su producción, representación, apropiación, administración y explotación, para ejercer su acción sobre la sociedad. En palabras de Lefebvre:[6] “Hay política del espacio porque el espacio es política”.

Dado lo anterior, la problemática del espacio público trata de su misma producción, que permeada por el capitalismo alude a un espacio dialéctico o de contradicciones. Caracterizado por un conflicto permanente entre los intereses del capital y las necesidades sociales, reflejado a nivel espacial urbano. Siguiendo a Lefebvre, hacerle frente a esa dinámica, hasta hoy vigente, implica una revolución urbana y el derecho a la ciudad. La primera, no necesariamente violenta, libera la vida cotidiana con respecto a las imposiciones del capitalismo, siendo el espacio considerado más como obra, por su valor de uso, no de cambio. El segundo rechaza la exclusión social de la realidad urbana para realizar allí el ejercicio de encuentro y acción ciudadana.
Como bellamente lo explica Lefebvre:[7]
“Significa el derecho de los ciudadanos […] a figurar en todas las redes y circuitos de comunicación, de información, de intercambios, lo cual no depende ni de una ideología urbanística, ni de una intervención arquitectural, sino de una calidad o propiedad esencial del espacio urbano: la centralidad. [El derecho a la ciudad] Proclama la crisis inevitable de los centros basados en la segregación […] que rechazan hacia los espacios periféricos a todos aquellos que no tienen participación en los privilegios políticos”.


Ha sido la extensión de los Derechos Humanos de primera a quinta generación, reconocidos formalmente al ciudadano bajo el Estado social de derecho, en gran parte, propiciadora de la formulación y defensa de derechos urbanos en la agenda pública. Demostrado ello, entre otros, en la redacción de la Carta Mundial por el derecho a la Ciudad[8] y en lo local, la Carta de la Ciudad de México por el derecho a la Ciudad.[9] Ambas iniciativas, multisectoriales, acuerdan principios y fundamentos estratégicos, como: la función social de la ciudad y de la propiedad urbana, y la gestión democrática de la ciudad. Aunque, los compromisos ahí pactados carecen de dispositivos de acción y cumplimiento, convirtiéndose, en documentos orientadores de buenos deseos no tanto de acciones de política pública.
Así entonces, en la vida cotidiana encontramos que los reveladores fieles de la espacialización del bienestar colectivo, es decir, de la democracia urbana son la distribución de lugares, bienes públicos y servicios urbanos en la ciudad;[10] así como la capacidad y posibilidad social de apropiación pública de los espacios-parte del ejercicio de la ciudadanía activa-. No así, las cartas ancladas en el deber ser.
Sólo cuando esto sea comprendido en las políticas públicas de las ciudades, es que podremos comenzar a hablar de la construcción de una democracia urbana, del derecho a la ciudad.
Catalina Villarraga Pico es politóloga de la Universidad del Rosario de Bogotá, y maestra en urbanismo de la Universidad Nacional Autónoma de México.
[1] Interesadas todas por los atributos democráticos que se esperan o desean del ámbito urbano y más precisamente de una ciudad. Consultar, entre otros: Lefebvre, 1976; Rodríguez, 1983, Sachs-Jeantet, 1996; Borja, 2003, 2004; Fleury, 2005; Pírez, 2006; Harvey, 2008.
[2] Entre esas pocas publicaciones está la de Fregossy R. (1992). Democracia urbana. De la tradición a lo crucial. Nueva Sociedad (117), 58-65.
[3] En ese momento, la participación en la esfera pública, estaba restringida a los burgueses dueños de los medios de producción, que en calidad de ciudadanos iguales tenían acceso a ese espacio de deliberación, intercambio y comercio, el cual, posteriormente tendrían que negociar con el proletariado industrial.
[4] Diferenciación propuesta por Rabotnikof, N. (2005). En busca de un lugar común. El espacio público en la teoría política contemporánea. México: UNAM.
[5] En Borja, J. (2003). La ciudad conquistada. Madrid: Alianza Editorial, el autor hace referencia al ejercicio de la ciudadanía como elemento fundamental para crear espacio público, siendo tan importante, como el rol del gobierno y de la administración pública para producir el mismo por medio de diferentes estrategias urbanas y políticas.
[6] Lefebvre, H. (1976). Espacio y política. El derecho a la ciudad II. Barcelona: RIGSA., p. 52.
[7] Lefebvre, H. (1976). pp. 18-19.
[8] Foro Social Mundial. (2005). Carta Mundial por el Derecho a la ciudad. Barcelona.
[9] Gobierno del Distrito Federal; Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal;Movimiento Urbano Popular; Coalición Internacional para el hábitat. (2010). Carta de la Ciudad de México por el derecho a la ciudad. Ciudad de México.
[10] Parte de la idea de ciudad como “orden físico social” factor de distribución propuesto por Pírez, P. (2006). Ciudad democrática. Una mirada desde la gestión urbana. En L. Álvarez, C. San-Juan, & C. S. (coords), Democracia y exclusión. Caminos encontrados en la ciudad de México (págs. 187-207). México: UNAM; UAM; UACM;INAH;Plaza y Valdés.

Estupendo artículo. La conclusión da pie a una segunda reflexión que nos lleva a considerar como traducir en políticas públicas concretas ese derecho a la ciudad, en especial en el rol que nos toca jugar a los ciudadanos de la sociedad civil organizada.
Muchas gracias por el comentario y opinión, sí por supuesto, el tema no se agota acá. El acercamiento y análisis al derecho a la ciudad desde las políticas públicas dedicadas a la producción de espacio público, así como a la acción ciudadana es clave para comprender mejor la condición de la democracia urbana en contextos cotidianos y concretos. Ese será un tema para abordar y ampliar próximamente, teniendo como base la propuesta del presente texto en la que se resaltó la relación entre lo público/lo político/ y lo urbano, conexiones siempre presentes en las intervenciones del espacio.
El artículo ha sido escrito desde la perspectiva de la democracia urbana, que casi nadie , por no decir que nadie ha mirado. Creo que nosotros como ciudadanos debemos concientizarnos, tener sentido de pertenencia de nuestro espacio público y no actuar con indiferencia, ni hacer mal uso de esos espacios a los que todos nosotros tenemos derecho.
Artículos como estos nos deben motivar a que trabajemos por tener una mejor calidad de espacios públicos porque, así tendremos una mejor ciudad y por ende una mejor calidad de vida. Felicitaciones, espero seguir leyendo más acerca de este tema, pues es un tema que a todos nosotros nos interesa, ya que nos lleva reflexionar y a preguntarnos, qué estoy haciendo para tener un mejor espacio público?
La ciudadanía activa influye/configura el espacio de lo público, además de tener el potencial de definir y transformar por medio de diferentes usos, los espacios públicos especializados como los parques urbanos, plazas públicas, entre otros. Así, la calidad de los espacios públicos también depende de la perspectiva que tengan los ciudadanos sobre el mismo, cómo lo usan, lo abusan o lo ignoran en diferentes intensidades o escalas. Gracias por el comentario!
Se trata sin duda de un artículo debidamente documentado en la evolución del fenómeno social denominado la “Democracia Urbana”, y que en el caso de los abogados nos conlleva precisamente a los lineamientos de la “Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad”, en donde destacan las figuras de la “función social de la ciudad” y la “propiedad urbana”, en cuanto que la primera obedece a la finalidad de la ciudad como espacio de residencia, tránsito, comunicación y esparcimiento de la comunidad, así como el segundo, como un derecho más de posesión que de propiedad por tratarse de un bien público, que por su propia naturaleza corresponde a dicha comunidad para los fines señalados. En última instancia para que esto funcione, tendría que darse la premisa de la conciencia ciudadana sobre el particular. Excelente artículo.