El derecho a la información en la nueva Constitución de la Ciudad de México

“El Estado debe ocuparse de que los ciudadanos reciban una buena información, así como que ésta sea plural, requisito imprescindible para estimular el debate y la participación política. Sin ambos, la calidad de la democracia se ve seriamente comprometida”.

López y Morillo

El 5 de junio de este año se llevará a cabo la votación para elegir al 60% de los miembros del grupo que se encargará de redactar la constitución de la Ciudad de México. Se ha propuesto que este documento sea plural y progresista, pues debe atender a múltiples situaciones que los habitantes vivimos diariamente. Con esto en mente y en un intento por invitar a la participación ciudadana se ha abierto la posibilidad de aceptar propuestas que junten cierta cantidad de firmas por medio de la plataforma change.org.

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En la página de internet de la Constitución se especifica que las peticiones que rebasen las cinco mil firmas serán respondidas por la Secretaría Técnica, las que rebasen las 10 mil firmas obtendrán una invitación para que tres representantes del Grupo de Trabajo los reciban y las que rebasen las 50 mil tendrán la posibilidad de ser expuestas ante el pleno del grupo. De entrada no parece una mala idea, pero refleja una fuerte discriminación en tres formas. En primer lugar, el uso de medios electrónicos sesga la muestra de posibles participantes hacia sectores que tengan acceso constante a internet para difundir su propuesta las suficientes veces para que ésta junte las firmas solicitadas. Generalmente las peticiones de esta plataforma se difunden por medio de redes sociales, lo cual deja fuera a comunidades indígenas, de escasos recursos e incluso crea un importante sesgo de edad. En segundo lugar, las propuestas que tengan la posibilidad de ser expuestas ante el pleno serán filtradas únicamente de acuerdo a su popularidad, dejando de lado las opiniones y necesidades de las minorías y restando credibilidad al propósito de la constitución. Finalmente, esta propuesta de participación se ha dado en medio de la discrecionalidad, de modo que nadie puede formar parte de una iniciativa que no sabe que existe. Así que más allá de una “bienintencionada” invitación a la aportación, para que se propicie una verdadera participación ciudadana primero se debe garantizar un derecho básico: el derecho a la información. Derecho que debería de quedar plasmado en la nueva Constitución de la Ciudad de México.

Sartori, menciona que “democracia literalmente, significa poder popular. Si esto es así las democracias deben ser lo que dice la palabra: sistemas y regímenes políticos en los que el pueblo manda”. Consecuentemente, la transparencia es un factor que incide de manera directa en el ejercicio y control ciudadano de las decisiones políticas. En este sentido, los gobiernos que se auto-promulguen como democráticos no solamente deben permitir que los ciudadanos los observen, sino que deben divulgar activamente la información que poseen con todos los recursos que estén a su alcance así como brindar las herramientas para que se facilite la participación.

El artículo sexto de nuestra Constitución Federal menciona que “el derecho a la información será garantizado por el estado”. Como consecuencia se creo en Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI). Sin embargo, este derecho no solo hace referencia a que tengamos la capacidad de solicitarle algún dato a una institución y 30 días después lo hagan llegar (o no), sino que incluye nuestro derecho a estar enterados de los planes del gobierno antes de que éstos se lleven a cabo.

Un claro ejemplo de la ruptura de comunicación y falta de información entre gobierno y sociedad se puede observar en los múltiples casos de conflictos socioambientales ocasionados por construcciones en la Ciudad de México. En nuestra experiencia analizando este tipo de situaciones, la falta de información completa y oportuna de los proyectos, así como la omisión de la opinión pública es en gran medida lo que propicia la oposición de la ciudadanía.

Se supone que cada proyecto que se pretenda realizar tiene la posibilidad de pasar antes por una consulta pública, pero, al igual que en el caso de la constitución, la mayoría de las veces la sociedad civil no sabe esto y tampoco se entera de los planes para su colonia hasta que ven las excavadoras por su ventana.

Ante esta situación, la primera propuesta es que la nueva Constitución de la Cuidad de México considere la publicitación de las obras publicas de infraestructura y de coinversión, así como de todos aquellos proyectos que pudieran afectar al ambiente, utilizando todos los recursos de difusión a su alcance. Es indispensable que los tiempos de los que dispone el Estado en radio, televisión así como medios impresos y digitales en sus tres niveles de gobierno, sean utilizados para informar a la población sobre los megaproyectos. Lo mismo debe suceder con las autorizaciones que se otorguen de obras privadas cuando para su construcción se requiera la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).

Pongamos el ejemplo del Corredor Cultural Chapultepec. En este caso los impactos eran sociales y los vecinos se enteraron del proyecto hasta que éste ya estaba licitado, aprobado y a punto de iniciar. La protesta ciudadana fue exitosamente organizada y difundida por distintos medios, lo cual  llevó a que el gobierno respondiera con una campaña igualmente organizada. Esta situación abrió puerta una amplia difusión de ambas posturas ante el proyecto, de forma que la sociedad civil reflejó su opinión en una votación en la que el proyecto fue rechazado.

La apertura de los medios de comunicación para este tipo de proyectos no debería aumentar el gasto gubernamental, ya que actualmente existe un presupuesto destinado a comunicación social por parte del Gobierno de la Ciudad de México, la diferencia es que en lugar de transmitir comerciales de “decidamos juntos”, se abriría una vía de información para que verdaderamente esto suceda. Después de todo, si el disgusto ciudadano se ha convertido en una propiedad inherente de las nuevos proyectos, ¿por qué no informar a tiempo a la población y permitir la participación ciudadana en la planeación de nueva infraestructura?

Otra cuestión es que, bajo el derecho de propiedad intelectual de los proyectos ejecutivos, los constructores de megaproyectos se cobijan para no dar información fidedigna y completa de las posibles afectaciones ambientales y urbanas así como de la identidad de los encargados de elaborar el documento. Transparentar esta información ayudaría a evidenciar los casos en los que la consultora encargada de evaluar los impactos es dirigida por un miembro de la comisión facultada para aprobar los proyectos, provocando un claro conflicto de interés.

Por primera vez, tenemos la posibilidad de abrir el debate para establecer las bases constitucionales que permitan someter a la consulta pública el proceso de evaluación de los verdaderos impactos ambientales y sociales de las construcciones. Para ello, las MIAS deben ser dadas a conocer a la población capitalina desde que son ingresadas a la Secretaría de Medio Ambiente y los plazos para su análisis deben ser ampliados. Además, también debe quedar establecida la obligación de todo promovente de obra privada, pública o de coinversión para elaborar una MIA, evitando apelar al artículo quinto de la Ley Ambiental del Distrito Federal, el cual exime de esta obligación al promovente de alguna obra que “manifieste bajo protesta de decir verdad” que su proyecto no dañara el ambiente.

Diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vinculan los derechos colectivos a recursos como el agua potable y un medio ambiente sano. Sin embargo, solo haciendo valer nuestro derecho la información y la inclusión de la opinión ciudadana podríamos impedir que intereses políticos o privados se impongan a los intereses colectivos que nos corresponden.

Esta constitución de la Ciudad de México nos da la oportunidad de salir del circulo vicioso en el que hemos estado metidos por años, por un lado quejándonos del gobierno y por el otro ignorando a los que protestan, pero eso no va a suceder mediante una propuesta de firmas de la que pocos saben. Tenemos que hacer valer nuestro derecho imprescindible a la información como requisito para la participación política, recordando que sin comunicación pública libre no hay democracia. Como dice Mónica Tapia, miembro de la asociación Tú Constituyente: “la Constitución debe ser oportunidad y referencia nacional para rediseñar nuestras instituciones, nuestras reglas, nuestros paradigmas”.

Cristina Ayala Azcárraga es estudiante de doctorado en el Posgrado de Ciencias de la Sostenibilidad de la UNAM y colabora en el Laboratorio de Restauración Ecológica del IBUNAM.

Ricardo Galván Matías es asociado de Gama Abogados & Consultores. 


2 comentarios en “El derecho a la información en la nueva Constitución de la Ciudad de México

  1. Completamentwvde acuerdo. Para hacer efectivo el derecho a la información debe ponerse en algún Museo de la ciudad y de las delegación es por supuesto salas en donde sebmuestren las maquetas de los proyectos con los estudios correspondientes incluyendo las MIA

  2. Excelente articulo ojala y lo lean los constituyentes
    Y lea ilumine el coco
    Felicitaciones

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